Legalizar el ascensor: el Registro de Aparatos Elevadores (RAE)

Tabla de contenidos

Para legalizar el ascensor incluyéndolo en el Registro de Aparatos Elevadores (RAE) has de indicar la documentación y datos que se necesitan para la puesta en servicio de ascensores, así como su inscripción en este registro.

Esto debe ser cuando se compruebe que el ascensor está correctamente instalado y cumple todas las normas. Deben legalizar el ascensor los titulares de ascensores o su representante incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero.

¿Qué ascensores son objeto de registro?

Se denomina ascensor todo aparato de elevación instalado permanentemente en edificios o construcciones para niveles definidos, con un habitáculo que se desplaza a lo largo de guías rígidas y con inclinación sobre la horizontal que es superior a 15 grados. Se destina al transporte de personas, de personas y objetos o solo objetos.

Los ascensores objeto de registro, cumplirán para el diseño, fabricación y puesta en el mercado:

a) Ascensores de velocidad hasta 0,15 m/s:, según el R.D. 1644/2008, de 10 de octubre.
b) Ascensores de velocidad superior a 0,15 m/s, según el R.D. 203/2016, de 20 de mayo.

El ascensor se puede inscribir en este registro para legalizarlo por internet o de forma presencial, dependiendo de cuál sea la forma más cómoda para quien lo realiza.

Cómo inscribir el ascensor en el Registro de Aparatos Elevadores

Una vez que se conoce la necesidad de inscribir el ascensor en este registro, es necesario contar con cierta documentación clave a la hora de presentarlo.

Para poder inscribir el ascensor en el registro es necesaria la siguiente documentación:

  • Ficha técnica de la instalación del ascensor.
  • Declaración UE de conformidad.
  • Hoja de Inscripción en el registro.
  • Impreso de autoliquidación de tasas.
  • Carátula del Expediente.
  • Copia del contrato de conservación.
  • Si es necesario, las de los ensayos relacionadas con el control final.
  • Planos de la instalación.
  • DNI, DNI electrónico o certificado digital
  • En el caso de persona jurídica, se requiere una tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.

La información se encuentra en la disposición transitoria tercera del RD 88/2013, de 8 de febrero.

Es importante legalizar el ascensor una vez que este se ha instalado, y en cualquier caso en que se requiera, por ello es algo que debe hacerse lo antes posible. Eninter puede ayudarte en los trámites para que no tengas que preocuparte por nada.

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