Subvenciones para ascensores 2015-2016

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subvenciones para ascensores

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Las subvenciones para ascensores, ya sea para su instalación o renovación, previsto en el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, regulado en 2013 por el Real Decreto 233, ha intentado dar solución a numerosas comunidades de vecinos  que necesitan de este tipo de instalaciones.

Y es que, renovar un ascensor antiguo o mejorar los espacios de difícil acceso para personas con problemas de movilidad resulta hoy indispensable para una mejor calidad de vida, existiendo varios programas destinados a solucionar estas problemáticas. Desde Eninter os informamos de las actuales condiciones así como haceros saber que nos encargamos de la Gestión de las Subvenciones en los casos que se soliciten.

Requisitos para obtener las ayudas

Sin embargo, los edificios que quieran acogerse a estos beneficios deben cumplir con algunas condiciones previas, tales como:

– Inmuebles finalizados antes de 1981.

– Como mínimo el 70% de la superficie sobre rasante debe tener uso residencial de vivienda.

– Al menos el 70% de las viviendas deben constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Finalidad de las subvenciones

El Programa mencionado en el primer párrafo establece a su vez tres tipos de mejoras:

– Las que tienen por objeto hacer ajustes razonables en materia de accesibilidad.

– Las que buscan una mejora de la calidad y sostenibilidad de los edificios.

– Las actuaciones de conservación.

De lo anterior surge que son subvencionables tanto la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas como cualquier otro dispositivo de accesibilidad, incluyéndose los mecanismos adaptados a personas con discapacidad sensorial. De ahí que se subvenciona toda instalación en edificios que no cuenten con ascensor pero también la adaptación del ascensor una vez instalado.

¿Válidas para adaptarse a la normativa o para reparaciones del ascensor?

Ante diferentes normas legales se plantean también preguntas sobre la adaptación de ascensores como consecuencia de una variación de la normativa o si se incluye también la reparación de los problemas de mantenimientos que fueran detectados en una inspección técnica.

Según el Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los ascensores que creó la  Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 “Ascensores” se determina que el propietario de un ascensor debe cuidar que éste se encuentre siempre en perfecto estado de funcionamiento y para ello es necesario contratar una empresa inscrita en el Registro de Empresas Conservadoras.

Por lo anteriormente expuesto, un ascensor con varias décadas de instalado deberá cumplir todas las condiciones técnicas de las normas legales vigentes como por ejemplo una alarma de emergencia o un interruptor de parada, que en el caso de no existir serían subvencionables, no así las deficiencias de mantenimiento.

En concreto puede decirse que son subvencionables todas las obras y trabajos necesario para subsanar deficiencias detectadas por el informe de evaluación del edificio o de la inspección técnica  relacionadas con el estado de conservación de la cimentación, estructura e instalaciones.

Valor económico de las subvenciones para ascensores

Cabe recordar sin embargo que, en caso de la reparación de deficiencias el coste puede resultar totalmente antieconómico y por lo tanto la instalación de un nuevo ascensor sería subvencionable en su totalidad, pero si solo existen deficiencias de conservación el porcentaje de subvención solo alcanzaría al 35%.

Tanto la instalación como la renovación del ascensor es subvencionable pero en diferentes cuantías por edificio como por ejemplo: 11.000 euros por vivienda, 11.000 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local siempre que los locales participen en los costes de ejecución de las obras o 12.100 euros en edificios declarados bienes de interés cultural, pero siempre con una cuantía máxima de subvención por edificio que no supere el  35% del coste subvencionable.

Por último, es necesario tener en cuenta que las cifras y porcentajes mencionados tienen a su vez límites por tipo de actuación como por ejemplo de 2000 euros por trabajos de conservación, monto que se incrementa cuando se hacer tareas para mejorar la calidad y sostenibilidad o bien si como consecuencia de las mejoras se reduce en un 50% la demanda energética anual de calefacción y refrigeración del edificio.

También cabe mencionar que existen otros programas de ayuda otorgados por comunidades autónomas o municipios como el de subvenciones de Barcelona.

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